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Anulación de cláusula suelo

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El Juzgado de lo Mercantil número 1 de San Sebastián ha declarado nula la cláusula suelo de un préstamo hipotecario suscrito con el BBVA por dos clientes que reconvirtieron un local en dos viviendas y además ha condenado a la entidad bancaria a devolver a los afectados los intereses cobrados indebidamente.

Según la información a la que hemos tenido acceso desde Sin Cláusulas, la resolución judicial anula de forma retroactiva la cláusula suelo del contrato de préstamo que hipotecaba el citado local, reconvertido con posterioridad en dos viviendas. En la información se explica que los afectados contrataron con el BBVA una hipoteca de 115.000 euros a interés variable con un suelo del 2,5 % y un techo del 15 %, unas cláusulas que el juzgado considera ahora «nulas y abusivas«, ya que fueron presentadas a los clientes como «condición innegociable para conseguir el préstamo«.

Estas cláusulas, por su relevancia a la hora de firmar este tipo de acuerdos, no deberían haber sido presentadas como condición general y tendrían que haber sido transparentes e informadas con carácter previo a la firma de la escritura, para poder ejercer el derecho a la negociación.

En el escrito del juicio se aclara también que las posibilidades de alcanzar el techo eran prácticamente nulas en comparación con las de superar el suelo, ya que el máximo histórico de los tipos nunca superó el 5,6 %, por lo que el techo era engañoso, al ser inalcanzable. Por ello, la jueza ha estimado la aplicación de nulidad retroactiva, obligando a BBVA a reembolsar los intereses recibidos a causa de la cláusula suelo desde el principio del contrato, estimando que no existe ninguna prueba del riesgo del orden económico por dicha devolución, concluye el comunicado.

Esta sentencia rechaza el limite de retroactividad impuesto por el Tribunal Supremo, que obliga a las entidades a devolver el dinero cobrado de más, tan sólo desde la fecha de su macro sentencia (marzo de 2013).

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