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Bankia tendrá que abonar 300.000€ por preferentes

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El juzgado de primera instancia nº 16 de Valencia condena a Bankia a devolver 300.000€ invertidos por unos clientes minoristas en preferentes de Caja Madrid, sin obtener información y sin ser alertados de los peligros de tal operación.

La juez declara la nulidad de la orden de suscripción, realizada el 29 de mayo de 2009 por valor de 300.000 euros, y su posterior canje en acciones y condena a Bankia a devolver esa cantidad más los intereses legales devengados, que se establecerán en ejecución de sentencia, pero deduciendo las cantidades percibidas por los afectados.

La sentencia

La sentencia establece que los inversores, a instancias del director de la oficina bancaria, destinaron el dinero obtenido por la venta de una nave industrial del negocio familiar a»un depósito garantizado y carente de riesgos», no recibiendo «una información veraz» y suscribiendo las preferentes «con consentimiento viciado».

Según el fallo de la juez, «esta falta de información impidió conocer las características del producto que estaban adquiriendo, no siendo informados que existía peligro de pérdida de dinero, ni que las participaciones no fueran amortizadas por la entidad emisora».

Bankia alegó que las suscripciones se realizaron a través de las correspondientes órdenes de compra, «siendo indubitado el consentimiento» y que previamente suscribieron un «contrato de depósito y administración de valores». También aseguró que estos inversores, pese a su perfil minorista, tenían abierta una cuenta de valores por importe de 17.800 euros, «por lo que su perfil conservador no era real».

Ocultar información

Por el testimonio de un empleado de la entidad, ha quedado probado, según la sentencia, que la venta «se realizó en la oficina y, posteriormente, preparó la documentación y la llevó al local comercial de los demandantes para su firma». Así queda demostrado que en ningún momento, con carácter previo a la firma, se hizo entrega de la documentación para que se procediera a su estudio, lo que hace pensar que se estampó la firma sin leer siquiera su contenido.

Se indica también que la entidad bancaria ocultó información básica, como el cambio de rating del producto con lo que Caja Madrid incumplió la obligación establecida en las condiciones sobre el proceso de revocación de órdenes de compra en caso de que se produjera una rebaja de calificación. Bankia, por su parte, ha declinado presentar apelación alguna con lo que la sentencia ya es firme.

Una mala práctica habitual

Esta no es la primera vez que una entidad bancaria se aprovecha de la confianza que los clientes tienen depositada en la figura del director del banco y de «su banco de toda la vida», para vender esta clase de productos tóxicos a clientes con perfiles bajos o conservadores.

Es este tipo de abuso de confianza lo que resuelve la mayoría de sentencias a favor de los demandantes, pues los jueces apelan al vicio del consentimiento para proceder a la anulación de lo contratos de preferentes y la devolución del dinero invertido y, muchas veces, perdido por los clientes.

Si se ha visto afectado por las preferentes desde SinCláusulas ofrecemos a las familias afectadas por este tipo de acciones diversas modalidades de pago, y solo cobramos cuando se gana la demanda en el juzgado.  Llámanos sin compromiso alguno al Teléfono de Atención al Cliente 629 879 429.

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