Noticias

Condenan a Bankia por la venta de preferentes

No Comments

El Juzgado de Primera Instancia número cuatro de Sevilla condena a Bankia a devolver 40.531 euros invertidos en participaciones preferentes a dos jubilados por no informar adecuadamente de los riesgos del producto.

El cliente afectado, de 81 años, fue animado por el director de la sucursal de la entonces Caja Madrid a invertir en preferentes de la citada caja de ahorros. El jubilado había sido conductor en régimen de autónomo durante su vida laboral y su esposa era ama de casa, y no consta que tuviesen estudios ni titulación alguna.

Tras analizar que se comercializó con un producto complejo, perpetuo, de liquidez limitada, de alto riesgo y sin garantía alguna, la sentencia reconoce que el consentimiento de los mismos estuvo en «viciado, habida cuenta que a una persona sin estudios y con un perfil de ahorrador, se le comercializó un producto de altísimo riesgo».

Además, la sentencia hace referencia a las declaraciones del director de la sucursal que vendió las preferentes y que dijo que comercializaban el producto con las «instrucciones de Madrid y en la forma en que dijeron que debían hacerlo». Estas declaraciones contradicen las del exdirector de Caja Madrid ante la Audiencia Nacional el 4 de marzo de 2014 en las que indicaba que «la culpa fue de los directores que no explicaron debidamente el producto».

El director de la sucursal, que acudió al juicio como testigo, dijo que se limitaron «a cumplir órdenes en los términos en que fueron recibidas» y lamentó el «daño causado, incluso a familiares de su entorno que fueron igualmente sorprendidos en esta operación masiva de venta». La sentencia destaca también que el test de conveniencia venía «prefabricado» y sólo fue firmado por uno de los contratantes no por el otro cónyuge, y tampoco llegó a elaborarse el de idoneidad a ninguno de los dos. Ambos test son obligatorios para evaluar el perfil del cliente.

Además, la sentencia deja claro que los empleados de la Caja de Ahorros desconocían la falta de solvencia real de la entidad cuando se comercializó el producto, por lo que el «engaño se hizo de manera piramidal desde la cúpula, pasando por los empleados hasta el cliente final».

Lo novedoso de la sentencia es que da por probado, a la luz de las declaraciones del director de la sucursal, que «esta actuación estuvo orquestada desde la cúpula directiva, siendo engañados del mismo modo los propios directores de sucursales».

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

1 2 3 4 5