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Cláusulas suelo y cláusulas techo

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Las cláusulas suelo siguen siendo uno de los principales problemas de los consumidores españoles. A día de hoy, quedan en España más de 2 millones de afectados por las cláusulas suelo. A pesar de las continuas sentencias judiciales contra este tipo de práctica abusiva, muchos bancos siguen aplicando estas cláusulas en sus hipotecas. Otros, han decidido que no van eliminarlas y la mayoría ha decidido no devolver el dinero.

¿Qué son las cláusulas suelo y cláusulas techo?

Las cláusulas suelo y cláusulas techo tienen una cosa en común: las dos limitan los intereses que se pagan en una hipoteca. En los dos casos pueden suponer un problema para el cliente, aunque, hasta el momento la que más peso está teniendo en las sentencias es la cláusula suelo, pues limita la bajada de intereses y perjudica al consumidor.

Los intereses se revisan cada seis meses. En la actualidad el Euribor se sitúa por debajo de cero y se espera que siga bajando, sin embargo, si la hipoteca tiene una cláusula suelo al 3% nunca se pagará menos que eso. Este tipo de cláusulas limitan los intereses que se pagan ya sea por abajo (suelo) o por arriba (techo).

Con la cláusula suelo las entidades bancarias se aseguraron de que los clientes pagarían siempre un interés mínimo por mucho que bajara el Euribor. La cláusula techo asegura un tope al máximo interés que se pagará.

¿Son legales?

En teoría las cláusulas suelo y cláusulas techo son legales, puesto que no contradicen la ley en ningún momento. De hecho, en algunas condiciones pactar una cláusula suelo o techo con tu entidad podría resultar incluso ventajoso para ti como consumidor.

¿Cuál es el problema entonces? En el caso de la banca española, las cláusulas suelo fueron abusivas y, por tanto, declaradas ilegales. En ningún caso se negociaron expresamente con el cliente, muchas veces se camuflaban entre el cuerpo de cláusulas, se escondían y no se explicaba claramente para qué servían.

De la misma forma, la diferencia entre suelo y techo era desproporcionado. Las entidades conocían de antemano la caída de los tipos de interés y por eso limitaron los intereses al 3 o 4%, mientras que los techos impuestos jamás fueron realistas y se situaron en el 14 o el 15%.

Si te has visto afectado por este tipo de estrategias, desde SinCláusulas te ofrecemos diversas modalidades de pago, y solo cobramos cuando ganamos tu demanda en el juzgado. También aplicamos un mejor precio en caso de realizar una gestión previa extrajudicial, donde no tendrás que pagar nada, y solo pagarás en el caso de firmar un acuerdo favorable. Llámanos sin compromiso alguno al Teléfono de Atención al Cliente 629 879 429.

La trampa del tipo fijo a cambio de la cláusula suelo

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Desde Sin Cláusulas hemos avisado muchas veces de las trampas que los bancos tratan de tender a los afectados por las cláusulas suelo. Antes de entrar en el tema de la trampa del tipo fijo, te queremos recordar que la única forma de recuperar el dinero perdido en cláusulas suelo es mediante un abogado. Solo en el juzgado podremos recuperar el dinero.

A pesar de que los juzgados han dado la razón a los usuarios —a pesar del varapalo de la decisión europea—, las cláusulas suelo siguen revoloteando sobre las entidades bancarias. En España a día de hoy hay más de dos millones de afectados por este tipo de prácticas.

Trampas en la cláusula suelo

Ante la constante avalancha de demandas en contra, algunas entidades bancarias han optado por «mostrarse flexibles» y llamar a los clientes para retirar la cláusulas suelo de forma amistosa. Con esta jugada lo único que pretenden es limitar las pérdidas a las que se enfrentan.

De esta forma el cliente queda en segundo lugar, como siempre. Algunas entidades ofrecen una especie de trato amistoso por el que retiran la cláusula suelo —en algunos casos solo durante un tiempo— a cambio de no ir a juicio. Estos tratos suelen ser secretos, llegando al punto de no poder sacar los documentos de la sucursal. En cualquier caso, nunca se le ofrece al cliente la posibilidad de recuperar el dinero perdido.

En otros casos, el banco ofrece la posibilidad de permutar la cláusula suelo por una hipoteca a tipo fijo. De nuevo no se ofrece la posibilidad de recuperar nada de lo que se ha perdido. Esta permuta será perjudicial para los clientes, este tipo de ofertas suele tener trampa, por lo que hay que leer el contrato por completo y fijarse en la letra pequeña.

La cláusula suelo en el juzgado

En cualquier caso la mejor opción es enviar una carta el banco pidiendo la eliminación inmediata de la cláusula suelo y la devolución de las cantidades cobradas de más. Además hay que denunciar ante las autoridades —juzgado, CNMV o Banco de España— la situación.

Muchas entidades se escudan en que sus cláusulas suelo no eran abusivas, sin embargo, los juzgados de toda España opinan lo contrario. Una cláusula que limita la bajada de interés y que beneficia siempre a la entidad es abusiva. Además, en prácticamente todos los casos, se colocaron sin ofrecer la información necesaria para el entendimiento de la cláusula.

Incumplimiento de la ley

La mayoría de las entidades bancarias españolas se han visto afectadas por las diversas sentencias del Tribunal Supremo que las obliga a eliminar las cláusulas suelo de todas sus hipotecas y devolver el dinero cobrado de más. Sin embargo, algunas entidades como Banco Popular o Bankia se han negado a devolver el dinero.

Otras entidades como Banco Pastor o Oficinadirecta.com siguen aplicando los suelos a sus hipotecados, pues opinan que la sentencia no va con ellos —a pesar de formar parte de Banco Popular—. Tampoco Banco de Sabadell, Liberbank o Unicaja han acatado la sentencia y siguen aplicando y defendiendo la legalidad de estas cláusulas abusivas.

Hoy en día existen muchos afectados que todavía no se han atrevido a denunciar su situación. Desde Sin Cláusulas queremos recordar que solo acudiendo a los juzgados, con la ayuda de un abogado especialista, es posible recuperar todo el dinero perdido en este tipo de malas prácticas bancarias. Si quieres eliminar tu cláusula suelo y recuperar todo el dinero que has perdido, contacta con nosotros y te asesoraremos sin compromiso.

Todo sobre la retroactividad de las cláusulas suelo

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La retroactividad de las cláusulas suelo ha sido uno de los principales problemas en los juicios. Los juzgados no han sido capaces de unificar sus criterios.

Ni siquiera cuando el Tribunal Supremo dictaminó que la retroactividad debía limitarse a mayo de 2013.

A día de hoy, tras la decisión del Tribunal de Justicia Europeo, de no levantar esa limitación, los juzgados siguen sin unificar sus criterios.

La sentencia del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo dictó en una sentencia hace tres años que todos los bancos deberían devolver lo cobrado de más en cláusulas suelo, pero limitando la devolución al 9 de mayo de 2013.

¿A qué se debía esta limitación? En ese momento se temía que si las entidades tuvieran que devolver todo el dinero, la estabilidad del sistema financiero quedaría gravemente afectada.

Retroactividad de las cláusulas suelo

El año pasado, la Comisión Europea, en el documento técnico que remitió a la corte, se expresaba a favor de la retroactividad completa de las cláusulas suelo. Según el informe, el Código Civil que no se puede limitar la retroactividad en la devolución del dinero en cláusulas limitadas por abusivas.

Sin embargo, el abogado general de la corte, expuso que la ley comunitaria no determina las condiciones en las que un órgano jurisdiccional nacional puede limitar los efectos de las resoluciones por las que se califica como abusiva una cláusula contractual. De esta forma, deja al criterio del ordenamiento interno precisar esas condiciones.

La conclusión es muy clara, de esta forma el abogado general propone al Tribunal que limite la retroactividad de las cláusulas suelo, siguiendo los mismos criterios que aplicó el Tribunal Supremo.

Proteger al sistema bancario

El abogado señala que un órgano superior es capaz de ejercer su deber de proteger al usuario, mediante la previsión de posibles problemas macroeconómicos asociados a la retroactividad total de las cláusulas suelo.

De esta forma se respalda la decisión del Supremo y considera que el impacto que tendría sobre la economía española la decisión de no limitar la retroactividad, es motivo suficiente para limitar la devolución del dinero.

Aunque esta decisión no es vinculante, por norma general las decisiones del Abogado General suelen marcar la pauta de decisión del Tribunal Europeo.

Qué es la transparencia de las cláusulas suelo

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En Sin Cláusulas hemos hablado mucho sobre cláusulas suelo. Hemos explicado qué son y cómo te puedes librar de ellas con la ayuda de un abogado experto. Siempre que no se cumplan los criterios de transparencia de las cláusulas suelo, podrás eliminarlas.

El Tribunal Supremo dictaminó en una macro-sentencia que declaraba nulas todas las cláusulas suelo poco transparentes. En ella, además limitaba la retroactividad de las cláusulas suelo a 9 de mayo de 2013.

Los criterios de transparencia siguen siendo poco claros. Clientes, bancos y juzgados, siguen sin aclararse. Hoy queremos aclarar qué es la transparencia de las cláusulas suelo.

¿Qué es la transparencia de las cláusulas suelo?

Se entenderá que una cláusula suelo es poco transparente siempre que no explique con suficiente claridad cuál es su función real dentro del contrato.

En muchos casos esta cláusula se hace pasar como un interés variable. La realidad es que son variables solo al alza, pues cuando baja el Euribor se convierten en un interés fijo.

Este suele ser el caso más común. La cláusula está camuflada y se hace pasar por un interés variable. Hay una grave falta de información por parte de la entidad sobre el carácter real del préstamo.

¿Cómo descubro la falta de transparencia de una cláusula suelo?

Existen algunos puntos que muestran la transparencia de las cláusulas suelo. ¿Quieres saber cuáles son?

Falta de información que indique que la cláusula suelo es un elemento definitorio del contrato

El banco tendría que haberte explicado que la cláusula suelo es una parte determinante de tu hipoteca. Te obliga a pagar más y limita las bajadas de intereses.

Que la hipoteca parezca un contrato a interés variable. Siempre que parezca que la evolución del Euribor te afectará

Es decir, el banco te dijo que, si bajaba el Euribor, bajaba tu hipoteca. Con el tiempo viste que eso no era verdad, pues la cláusula suelo limitaba esta reducción.

Que tenga como contraprestación imprescindible una cláusula techo

El banco daba a entender que el techo te protegía a ti, mientras que el suelo los protegía a ellos. El máximo que registró el Euribor en su mejor época fue del 5,5%. Los techos hipotecarios se situaban, casi siempre, por encima del 12%.

Que la cláusula suelo este camuflada o insertada entre el cuerpo de cláusulas

La entidad escondía la cláusula suelo entre un enorme cuerpo de datos. El texto era enrevesado y confuso, imposible de entender para alguien que no tuviera conocimientos económicos o legales.

Ausencia de escenarios de simulación diversos

El banco no te enseñó cómo funcionaría tu hipoteca en diversas situaciones económicas. Por ejemplo, si el Euribor se situaba en el 2% y tenías un diferencial del 1%, deberías pagar un 3%. Sin embargo, si tu suelo se sitúa en el 4%, siempre pagarás eso.

Que no exista una comparación con otros productos de tipo fijo

Tu banco no ofreció ningún otro producto. No te mostró otro tipo de hipotecas con solo Euribor, con diferenciales más altos o a otro tipo de interés.

El Tribunal Supremo y la transparencia de las cláusulas suelo

Estos puntos que hemos señalado anteriormente son los que usó el Tribunal Supremo como criterios para dictaminar la falta de transparencia en las cláusulas suelo.

Si la cláusula suelo cumple con alguno de estos criterios se considerará abusiva y por lo tanto, se anulará.

En cualquiera de estos casos, la mejor opción es demandar. Tras la decisión del TJUE de seguir limitando la devolución del dinero, será imprescindible reclamar judicialmente si queremos recuperar el dinero.

Los bancos siguen sin cumplir las decisiones del Tribunal Supremo de eliminar las cláusulas suelo y devolver el dinero. Si queremos recuperar lo que perdimos, la única opción viable será la demanda judicial.

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Cláusulas suelo como política de empresa

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Las cláusulas suelo han dado para mucho. Desde hace unos cuantos años los juzgados se encuentran saturados por este tipo de demandas. Los bancos insertaban este tipo de cláusulas sin avisar al cliente.

En algunos casos, como el que vamos a ver de Catalunya Bank, las cláusulas suelo se insertaban como «política de empresa».

Cláusulas suelo en la política de empresa

Se trata de una cliente que llevó su caso a los tribunales. Viéndose en una situación complicada en la que no podía pagar las cuotas, la entidad le ofreció renegociar la hipoteca. Fue entonces cuando, sin avisar, insertaron las cláusulas suelo en su contrato.

Así lo ha señalado un trabajador de la entidad durante su declaración en un juicio. Catalunya Bank tenía como «política de empresa» incluir cláusulas suelo al renegociar cualquier hipoteca.

Además, estas cláusulas no eran del 2% como se estipula por lo general en los contratos, al contrario eran del 3,5%. Conviene recordar que en aquel momento, el Euribor estaba situado en el 1,2%. De esta forma la entidad se aseguraba un amplio margen de beneficios.

Renegociar las hipotecas

Ante la dificultad de la cliente para pagar sus cuotas, la entidad le ofreció la opción de renegociar el préstamo. Fue entonces cuando, de forma unilateral, se insertaron las cláusulas suelo en su contrato hipotecario.

En este caso se pone de manifiesto la vulnerabilidad y la debilidad del cliente frente a los abusos de la banca. La entidad, sin avisar y sin negociar con el cliente, insertaba cláusulas suelo a todas las hipotecas.

Era política de empresa.

Falta de transparencia y abusos

La cláusula suelo estaba insertada en un párrafo complejo y difícil de comprender. Fue redactada dentro de la cláusula techo que se situaba en el 15%, un número cuánto menos fantástico. En muchas ocasiones es esa diferencia entre suelo y techo lo que refuerza la sensación de abuso.

Además, como suele suceder en todos los casos, la cláusula estaba camuflada en un párrafo complejo, lleno de sub-cláusulas, con una redacción oscura y enrevesada.

Doble control de transparencia

El Tribunal Supremo recuerda a los jueces que siempre se debe aplicar un doble control de transparencia para las cláusulas suelo. Las cláusulas deben estar redactadas de forma clara, que permita su completa comprensión.

Se señala que serán abusivas todas las cláusulas suelo que sean redactadas junto con las de techo, mostrándose como contraprestaciones y también se considerará como abuso el no haber realizado ningún tipo de simulación.

Este caso concreto es un ejemplo de los abusos que llevó a cabo la banca durante unos años. Afortunadamente, los tribunales han puesto freno a este tipo de actuaciones.

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¿Por qué no hay retroactividad en las cláusulas suelo?

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Como venimos contando en las últimas semanas, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea apoya la doctrina del Supremo. Esto nos deja sin retroactividad en las cláusulas suelo. El Abogado General del TJUE se pronunció a favor de limitar la retroactividad en las cláusulas suelo. Asegura que esto cumple con el derecho comunitario.

Retroactividad en parte

Al final el TJUE dio la razón al Supremo y respalda su doctrina de limitar la retroactividad de las cláusulas suelo a mayo de 2013. Si la sentencia se confirma, la banca podrá ahorrar hasta 3.000 millones de euros.

Para los clientes que firmaron sus hipotecas en 2004 o 2009, esta limitación supone un enorme perjuicio. Sin embargo, el abogado general, apoya esta decisión y afirma que se adapta al derecho comunitario.

¿Por qué no hay retroactividad?

En nuestro sistema de leyes, cuando una cláusula es declarada nula, se deben borrar sus huellas y destruir todas sus consecuencias. Es decir, se debe solucionar, como si nunca hubiera existido esta cláusula en el contrato. Por tanto se deben restituir las partes íntegras que afecten a esa parte del contrato.

La cláusula debe ser nula desde el momento de la firma del contrato.

¿Por qué entonces nos limitan la retroactividad en las cláusulas suelo? Muy sencillo, porque el Tribunal Supremo aplicó el art. 9.3 de la Constitución Española que atañe a la seguridad jurídica. Con este principio se limita la retroactividad total de las cláusulas suelo.

En este caso, se trata de proteger el orden público. Por eso decidió limitar la retroactividad hasta el 9 de mayo de 2013.

Nulas pero legales

La principal baza del Alto Tribunal es que las cláusulas suelo, aunque abusivas, no son ilegales. Se trata de unas cláusulas que se incluyeron en el 97% de los contratos, era una práctica conocida por todos.

Además, el Alto Tribunal no considera que fueran una cláusulas realmente oscuras. El problema de transparencia se debía, sobre todo, a la poca información que recibía el cliente a la hora de firmar el contrato.

Sin embargo, las cláusulas suelo siguen siendo anuladas en los tribunales españoles. A pesar de la limitación de la retroactividad, muchos juzgados siguen condenando a las entidades a devolver todo lo cobrado de más desde la firma del contrato.

Sin retroactividad en las cláusulas suelo

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La esperanza de muchos afectados por las cláusulas suelo de recuperar su dinero se ha esfumado. De un plumazo, el abogado general del TJUE se ha cargado las aspiraciones de miles de familias para recuperar el dinero que perdieron. Tras meses esperando una decisión, al final lo único que han conseguido es que se avale la doctrina del Tribunal Supremo. Nos hemos quedado sin retroactividad en las cláusulas suelo.

La retroactividad de las cláusulas suelo hasta mayo de 2013

Hemos esperado meses para conocer la decisión del TJUE, se han puesto muchas esperanzas en esa decisión. Al final, nos encontramos con que se avala la decisión de limitar la retroactividad de las cláusulas suelo a mayo de 2013.

Aunque la sentencia no es firme, es un verdadero varapalo para los afectados por las cláusulas suelo. Con esta decisión, una vez más, se anteponen los intereses de la banca a los de los usuarios, que se sienten engañados.

A pesar de que todo parecía apuntar a que el Tribunal aplicaría una retroactividad total, la realidad ha sido la contraria. El Abogado General, ha decidido limitar la retroactividad de las cláusulas suelo a mayo de 2013. Con esto refuerza la decisión que ya tomó el Tribunal Supremo.

Protección a la banca

Con este tipo de decisiones la justicia actúa contra el interés social. Una vez más se han posicionado a favor de la banca, alegando que tratan de proteger la economía general. Conviene recordar que las cláusulas suelo han marcado la diferencia entre poder pagar o no una hipoteca. Y que esos mismos bancos a los que se protege se han quedado con las viviendas sin ofrecer alternativas, como dación en pago o algún tipo de alquiler social.

Todavía queda tiempo para una respuesta adecuada, la sentencia sobre la retroactividad de las cláusulas suelo no es firme. Queda una pequeña esperanza para que la justicia trabaja a favor de la gente. Habrá que esperar, un poco más.

Seguimos luchando contra las cláusulas suelo

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Los bancos han aprovechado la ventaja que les ha dado la sentencia del TJUE para recrudecer su lucha contra los clientes. Tras la polémica sentencia, los bancos niegan toda la retroactividad de las cláusulas suelo y no devuelven el dinero, a menos que exista una sentencia en firme que diga lo contrario.

Sin retroactividad en las cláusulas suelo

A pesar de que los consumidores siguen luchando, los bancos han aprovechado el soplo de aire que les ha dado el TJUE. Tras la sentencia, las entidades han retirado las ofertas que estaban realizando a sus clientes y han recrudecido las condiciones. Ni siquiera devuelven las cantidades cobradas de más desde mayo de 2013 a no ser que exista una sentencia en firme.

Desde Europa se avaló la doctrina del Supremo. En su sentencia, el tribunal europeo señala que cada cláusula suelo deberá estudiarse por separado. Además, señala que la limitación de la retroactividad se ajusta a la legislación comunitaria. Gracias a esta funesta decisión los bancos han decidido no devolver nada a los afectados por las cláusulas suelo.

Condiciones más duras

No contentos con no devolver nada a los afectados, las entidades bancarias han endurecido su actitud. Cualquier cliente que pretenda reclamar por la cláusula suelo deberá a acudir a los tribunales. Tras la sentencia, los bancos aseguran que sus cláusulas suelo son transparentes y legales.

Algunos bancos como Popular o Caixabank ya habían anunciado su eliminación. Otros, como Sabadell, se negaron a su retirada y ahora la seguirán aplicando. Otras entidades más pequeñas como Unicaja hicieron lo mismo y también seguirán aplicándolas, en vez de anularlas como les exigía la última sentencia del Tribunal de Primera Instancia de Madrid.

Adiós al dinero

Tras la sentencia los bancos han dejado de negociar con sus clientes. La mayoría ha retirado sus ofertas por las que trataban de cambiar las cláusulas suelo por un interés fijo.

Las entidades bancarias además aseguran que no hay razón para retirar las cláusulas suelo y que tampoco tienen que devolver lo cobrado de más. Por ese motivo, a raíz de esta sentencia, las entidades ya no devuelven nada a menos que haya una sentencia en firme que les obligue a hacerlo.

Los bancos que ya han retirado las cláusulas suelo se arrepienten y aunque ya no pueden hacer nada, no devolverán nada de lo cobrado de más a menos que se gane en los tribunales. Aunque puede ser perjudicial para ellos si los condenan a costas, cuentan con que muchos clientes no acudirán a los tribunales.

Para tratar de frenar el impacto negativo que una sentencia en firme podría ocasionar para millones de usuarios, usuarios y asociaciones de usuarios están tratando de llevar a cabo una iniciativa para que el TJUE no sigue las indicaciones su abogado general.

La realidad de las cláusulas suelo para los profesionales

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En Sin Cláusulas hemos hablado mucho sobre las cláusulas suelo y sobre cómo eliminarlas. Hemos repetido una y otra vez que solo acudiendo al juzgado podremos librarnos de ellas y recuperar el dinero perdido. Pero, ¿son todas las cláusulas suelo ilegales? ¿Podemos eliminarlas todas?

Esa es la gran incógnita. En junio, el Tribunal Supremo declaró la validez de una cláusulas suelo. En esta sentencia el Alto Tribunal delimitó con claridad el marco de doble control de las cláusulas suelo: transparencia y aplicación. Este doble marco de control es un requisito básico para que la cláusula suelo sea legal.

Control de las condiciones generales de la cláusula suelo

En esta sentencia se realiza un examen íntegro de las condiciones generales de contratación. En este examen se analiza la incorporación de elementos adherentes. El control de transparencia está reservado a las condiciones generales de la contratación con consumidores.

Esto afecta a los profesionales que hayan contratado hipotecas con cláusulas suelo, puesto que los controles de transparencia no les afectan. Para ellos no se puede aplicar más allá de las previsiones legales contenidas en el régimen normativo general.

Basándose en estos criterio el Tribunal Supremo, desestimó el recurso de casación de una persona física afectada por una cláusula suelo. Esta persona había contratado el préstamo para financiar la adquisición de un local en el que instalar una farmacia.

Criterios de control de transparencia

En su escrito el afectado cuestionaba que no se le aplicarán los criterios de transparencia fijados por la doctrina del Supremo de 2013. El Alto Tribunal hace referencia a lo sugerido por la Audiencia Nacional, que afirma que un profesional no puede gozar de la protección especial que la legislación prevé para los consumidores.

Así pues, como se considera que la cláusula suelo había superado los controles de transparencia, el Tribunal la declara válida. Y no resulta necesario que pase el doble control de transparencia que sí se necesitaría en caso de que la hipoteca fuese para un particular.

Los «tratos» para eliminar cláusulas suelo

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Las cláusulas suelo han sido declaradas nulas en diversas sentencias. La más importante fue la sentencia del Supremo de mayo de 2013, en ella se declaran nulas todas las cláusulas suelo poco transparentes y se exigía que se devolviera el dinero cobrado de más desde esa fecha. Esta sentencia obligaba a las entidades afectadas a eliminar sus cláusulas suelo.

Tras esta sentencia, otras han ido por el mismo camino, declarando nulas las cláusulas suelo de otras cuarenta entidades. Los clientes, de repente, se daban cuenta de que tenían una cláusula suelo que no habían negociado y mes tras mes, habían pagado de más.

Algunos clientes se encontraron con estas cláusulas sin haber firmado nada. Otros eran obligados a firmar ante notario que eran conocedores de la cláusula, cuando en realidad no tenían ni idea de lo que estaban firmado. Los clientes firmaban por miedo a perder la reserva de su vivienda.

Las trampas al eliminar las cláusulas suelo

Ante la avalancha de reclamaciones que está recibiendo, la banca trata de ofrecer tratos a sus clientes para eliminar las cláusulas suelo. Lo normal es que estos reciban una llamada en la que se les hará una oferta para eliminar las cláusulas suelo, a cambio siempre, de no demandar al banco ni emprender futuras acciones legales.

En muchos casos las entidades bancarias ofrecen una oferta aparentemente atractiva, en la que se elimina la cláusula suelo. Estas ofertas esconden algunas sorpresas desagradables. La primera condición es que no se podrán tomar acciones legales contra la entidad. De esta forma el banco, elimina la cláusula suelo pero no devuelve el dinero cobrado de más a sus clientes.

En algunos casos, ni siquiera eliminarán la cláusulas suelo. A pesar de conocer las sentencias que les obligan a eliminar las cláusulas suelo, se limitan a reducir el tipo de interés. En otros casos ofrecerán cambiar el tipo de interés variable por otro fijo.

En ningún de los casos, los tratos ofrecidos son favorables al cliente. Al contrario, siempre beneficiarán a la entidad, que se protege ante futuras demandas y, en ningún caso, devolverá el dinero cobrado de más a sus clientes.

Acciones judiciales

Tras la sentencia del TJUE, los bancos han dejado de ofrecer este tipo de tratos. Consideran que el Tribunal Europeo avala sus cláusulas y se niegan a devolver el dinero a menos que exista una sentencia firme.

Si se ha visto afectado por este tipo de estrategias desde SinCláusulas ofrecemos a las familias afectadas por este tipo de acciones diversas modalidades de pago. Solo cobramos cuando se gana la demanda en el juzgado. También se aplica un mejor precio en caso de realizar una gestión previa extrajudicial, donde no deberían desembolsar nada, y solo en el caso de firmar un acuerdo favorable para nuestros Clientes. Llámanos sin compromiso alguno al Teléfono de Atención al Cliente 629 879 429.