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Guía para entender las preferentes

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Los ahorradores que compraron preferentes se encuentran ahora en un laberinto. En algunos casos, las entidades se las vendieron como depósitos a largo plazo, pero la verdad es muy diferente. Las preferentes son instrumentos de capital de elevado riesgo, debido a su carácter perpetuo y a su mínima liquidez.

La avalancha de preferentes colocadas entre minoristas tuvo lugar en 2009, pero la banca lleva comercializándo estos productos desde 1999. Las alarmas comienzaron a encenderse por los problemas que afrontan cuando los clientes pretenden recuperar el dinero invertido.

¿Qué son las participaciones preferentes?

Las preferentes mejoran las ratios de solvencia del emisor, gracias a su capacidad de absorber pérdidas. Y por esta razón, tienen una serie de características desfavorables para los compradores. Primera, son perpetuas; es decir, no tienen vencimiento conocido, su eventual rescate queda a la exclusiva voluntad del emisor. Segunda, en caso de graves problemas de solvencia, la empresa puede liquidarlas por debajo del precio de emisión. Y, tercera, el pago de la remuneración está condicionado a que el emisor tenga beneficios.

¿Por qué saltan ahora las alarmas entre los inversores?

Antes de que estallaran todos los problemas, los pequeños ahorradores que necesitaban liquidez acudían a su oficina habitual, donde los comerciales se ocupaban de revender esas preferentes a otros clientes al mismo precio al que fueron colocadas. El vendedor recuperaba así su dinero de forma íntegra y sin problemas.

Pero, esas transacciones se producían a un precio ficticio, al margen de la situación de mercado y que solía beneficiar al vendedor. En medio de este panorama, la CNMV decidió tomar cartas en el asunto y en el verano de 2010 advirtió a los emisores de preferentes que estas debían cotizar en algún mercado de renta fija, con el objetivo de que los precios de compraventa fueran los más transparentes y justos posibles. A finales del año pasado, el supervisor volvió a apretar las tuercas a las entidades, exigiéndoles que informen a sus clientes del precio real de las participaciones.

¿De qué manera afecta a los titulares de preferentes la reforma financiera?

El Ejecutivo ha abierto la puerta a que las entidades que incurran en pérdidas debido a las nuevas exigencias difieran el pago de la remuneración durante 12 meses y lo abonen después, siempre y cuando dispongan de beneficios suficientes. Por regla general, si no se abona el rendimiento debido a las pérdidas, el pago no se acumula de un año para otro.

Algunas entidades han propuesto canjes. ¿Es interesante acudir?

En los últimos tiempos, varias entidades han propuesto canjes de preferentes por acciones, bonos necesariamente convertibles u otro tipo de deuda subordinada. Así refuerzan el ratio de capital Core Tier 1, el que vigila con lupa la Autoridad Bancaria Europea (ABE) y, de paso, proporcionan liquidez a los propietarios de las preferentes. Banca Cívica y Bankia también estudian presentar ofertas de canje para algunas de sus emisiones de preferentes.

En la mayoría de los casos, las participaciones se valoran al 100% de su valor nominal -es decir, el precio total al que fueron vendidas-. Los inversores obtienen liquidez y no tienen por qué vincularse a la evolución en Bolsa de la entidad, ya que pueden vender las acciones en cuanto las reciban.

Los inversores siempre tienen la opción de no canjear las preferentes, si bien corren el riesgo de quedarse con un activo cuya liquidez se verá aún más mermada.

¿Y si la entidad no ofrece ninguna posibilidad de canje?

De entrada, solo las entidades cotizadas podrán ofrecer acciones a cambio de preferentes. Las que no estén en Bolsa y quieran reforzar su capital pueden recomprar las preferentes por debajo del nominal. La mala noticia es que las plusvalías de la entidad son minusvalías para los inversores. En todo caso, este tipo de recompras se ha ofrecido, al menos hasta el momento, a inversores institucionales.

Quiero reclamar

Si se ha visto afectado por este tipo de estrategias desde SinCláusulas ofrecemos a las familias afectadas por este tipo de acciones diversas modalidades de pago, y solo cobramos cuando se gana la demanda en el juzgado. También se aplica un mejor precio en caso de realizar una gestión previa extrajudicial, donde no deberían desembolsar nada, y solo en el caso de firmar un acuerdo favorable para nuestros Clientes. Llámanos sin compromiso alguno al Teléfono de Atención al Cliente 629 879 429.

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