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La retroactividad de las cláusulas suelo por zonas

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Tras la proclamación del Tribunal de Justicia Europeo en la que afirma que las entidades deben devolver todo lo cobrado de más por cláusulas suelo desde la firma del contrato, y a la espera de que se pronuncie con una sentencia en firme, en España son muchas las Audiencias Provinciales que ya obligan a los bancos a devolver todo lo cobrado de más desde la firma del contrato, haciendo oídos sordos a la sentencia del Supremo que restringe la retroactividad a mayo de 2013.

La retroactividad total de las cláusulas suelo hace tiempo que ya viene aplicándose en nuestro país, en concreto un tercio de las Audiencias Provinciales ya han establecido una doctrina menor a favor de los perjudicados, fijando como obligatoria la devolución total de lo cobrado de más por los bancos, en toda aquellas cláusulas suelo abusivas o poco transparentes.

Aunque estas decisiones siguen siendo recurribles ante el Tribunal Supremo quien debe estudiarlas y, hasta ahora, fijarlas a su propia doctrina, pero ésta ha sido negada por el Tribunal de Justicia Europeo que ha afirmado tajantemente que no se puede restringir la retroactividad de una cláusula declarada nula y aboga por la devolución total de las cantidades cobradas de más.

Un día después de la declaración de Bruselas sobre retroactividad en las cláusulas suelo, la Audiencia de Tenerife, que hasta el momento no había obligado a las entidades a devolver nada de lo cobrado de más, ha obligado a BBVA a devolver todo lo cobrado de más por la cláusula suelo de un contrato hipotecario. En España sigue sin haber una doctrina general y cada Audiencia aplica una distinta, desde devolver todo el dinero o no devolver nada.

Será la doctrina del Tribunal Europeo la que implante una jurisprudencia única y que todos los juzgado deberán seguir. Esto afectará a las entidades bancarias que ya han comenzado a tomar medidas al respecto.

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