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Qué hacer con las cláusulas suelo

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Si ha seguido los consejos que le hemos ido dando en el blog de Sin Cláusulas y ha descubierto que su contrato de préstamo hipotecario tiene una cláusula suelo, ha llegado el momento de que haga algo al respecto. Como ya hemos dicho, en España todavía quedan más de dos millones de hipotecas con cláusulas suelo activas, si la suya se encuentra entre ellas, aquí le mostramos los siguientes pasos a seguir.

Lo primero que debería hacer una vez haya encontrado la cláusula suelo en su contrato es ir al banco; lo ideal sería que lo atendiese el director de la sucursal, para tratar de eliminar la cláusula de forma amistosa. Además conviene exigir que se nos devuelvan las cantidades cobradas de más. Para esto deberá señalar la sentencia del Tribunal Supremo de mayo de 2013 que declara nulas todas las cláusulas suelo poco transparentes. Normalmente la entidad solicitará un plazo para estudiar el caso.

En caso de plegarse a una resolución amistosa hemos de ser extremadamente cautos, ya que los bancos en su afán recaudatorio están preparados para tendernos la siguiente trampa con la que quedarse con nuestro dinero. En muchos casos ofrecen una retirada temporal de la cláusula suelo de nuestro contrato, en otros ofrecen una simple rebaja del suelo. Sea como sea, no acepte ninguna de estas condiciones ya que, aceptarlas significaría la aceptación de la cláusula suelo y la imposibilidad de demandar a la entidad en el futuro para que sea retirada de su contrato.

La única forma viable de llegar a una resolución amistosa es la completa anulación de la cláusula suelo y la devolución de las cantidades pagadas de más desde la fecha de la sentencia del Tribunal Supremo. Si el banco se la niega o, deja pasar el tiempo sin contestar, entonces deberá demandar a la entidad, ya que las cláusulas suelo son legales en España y muchas entidades bancarias se niegan a retirarlas hasta que no las obliga un juez mediante sentencia en firme.

¿Qué pasará si demando a la entidad?

Lo más seguro es que si demanda a una entidad bancaria por la inclusión de una cláusula suelo en su contrato de préstamo hipotecario ganará el juicio, la entidad puede recurrir, pero a tenor de las últimas sentencias y, sobre todo, a raíz de las dos sentencias del Tribunal Supremo declaran nulas las cláusulas suelo, la mayoría de las entidades bancarias no suelen recurrir las sentencias, pues resulta una pérdida de tiempo y esfuerzo.

El factor determinante en este sentido han sido las sentencias firmes del Supremo, que se acogen a la falta de transparencia de las cláusulas suelo para declarar su nulidad. En cuanto a la devolución del dinero cobrado de más, los juzgados no se ponen de acuerdo; según la doctrina del Supremo se devolverá todo lo cobrado de más a partir de marzo de 2013, fecha de la primera sentencia, sin embargo, algunas Audiencias Provinciales se han enfrentado ya a esta norma, asegurando que sólo beneficia a los bancos y han dictado sentencias en las que se condena a la entidad a devolver lo cobrado desde la firma del contrato.

Si se ha visto afectado por este tipo de estrategias desde SinCláusulas ofrecemos a las familias afectadas por este tipo de acciones diversas modalidades de pago, y solo cobramos cuando se gana la demanda en el juzgado. También se aplica un mejor precio en caso de realizar una gestión previa extrajudicial, donde no deberían desembolsar nada, y solo en el caso de firmar un acuerdo favorable para nuestros Clientes. Llámanos sin compromiso alguno al Teléfono de Atención al Cliente 629 879 429.

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