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Cláusula suelo válida, el cliente conocía bien todos los riesgos

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La Audiencia Provincial de Murcia respalda la validez de una cláusula suelo recogida en un contrato de préstamo hipotecario suscrita por un matrimonio y la Caja de Arquitectos Sociedad Corporativa de Crédito ya que, en este caso, los demandantes estaban al tanto y conocían los riesgos implícitos en una cláusula de estas características. La entidad financiera puso en conocimiento de la pareja la naturaleza y funcionamiento de la cláusula suelo y del producto que estaban adquiriendo en ese momento.

La sentencia estima de esta forma el recurso presentado por la Caja de Arquitectos contra la resolución anterior del Juzgado de lo Mercantil de Murcia, que estimó la demanda interpuesta por los demandantes y declaró la nulidad, por abusiva, de la cláusula suelo.

La misma cláusula, añade la Sala, señalaba que, en cualquier caso, el tipo de interés nominal a aplicar nunca sería inferior al 3,5% ni podría sobrepasar el 12%.  La sentencia, que ahora queda sin efecto, condenó también a la entidad demandada a restituir a los demandantes en concepto de cantidades cobradas indebidamente por la aplicación de esta cláusula, por la cantidad que se determinara en la sentencia, que sería: todo lo cobrado de más desde mayo de 2013.

La Audiencia Provincial de Murcia ha revocado la sentencia del Juzgado de lo Mercantil, ya que considera acreditado que los demandantes estaban perfectamente informados del funcionamiento de la cláusula en cuestión. Indicó que, a lo largo del proceso judicial, se ha demostrado que los demandantes sabían cómo operaba la citada cláusula, hasta el punto de conseguir que el tope mínimo, inicialmente fijado en el 4%, les fuera reducido hasta un 3,5%.

La sentencia de la Audiencia señala que: «cuando el consumidor adopta una decisión económica —en tiempos de subida del Euríbor—es consciente de lo que firma, por lo que el que no se realizaran escenarios de Euríbor a la baja o de otros productos, y el hecho de que no se realizara oferta vinculante, son, para este caso, hechos irrelevantes».

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