Tras la esperada sentencia del Tribunal de Justicia Europeo sobre cláusulas suelo que se conoció el pasado jueves, en la que se defiende la retroactividad en las sentencias de eliminación, la CECA (Confederación Española de Cajas de Ahorro) asegura que nada de esto cuestiona el derecho hipotecario español en su gran conjunto y que este tipo de sentencias tendrán un efecto «muy limitado».
La CECA entiende que la medida dispuesta por el Tribunal de Justicia Europeo no afecta a todos los casos de anulación de cláusulas suelo y que, según afirman, la sentencia europea ni siquiera cuestiona la legalidad del plazo de un mes, que se concedió según la disposición transitoria de la Ley 1/2013, de 14 de mayo. La sentencia considera que el plazo establecido no resulta materialmente insuficiente, sino que es razonable y proporcionado, apunta la CECA, que además añade que únicamente cuestiona el mecanismo previsto por la ley para determinar el inicio del plazo.
Así pues, la CECA destaca que la sentencia se refiere solo a un aspecto de derecho transitorio y afectará solo a los procedimientos que ya estén en curso y en durante un periodo de tiempo muy concreto, nunca podrá afectar a los procedimientos que no se acojan a dicha disposición transitoria.
De esta forma, aseguran desde la Confederación, sus efectos serán muy limitados, en función de las circunstancias individuales y procesales de los clientes afectados por esta situación transitoria.
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