Tras el cambio de marcha del Tribunal Supremo sobre quién debe pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados de la hipoteca, solo nos queda una pregunta: ¿Se podrán reclamar la devolución de los impuestos?
Aunque todo parecía perdido, uno de los abogados que presentaron el recurso por el impuesto de las hipotecas ve posible que se pueda reclamar un indemnización. En su consideración, una vez que fue declarado nulo por la sala segunda del Supremo «automáticamente supone que existe recorrido para iniciar el procedimiento«.
Las vías para reclamar el impuesto de la hipoteca
A pesar de la decisión tomada por el Tribunal Supremo, este caso aún tiene recorrido en los tribunales para aquellos consumidores que ya hayan abonado el impuesto. Asociaciones de consumidores han anunciado que intentarán que la resolución final llegue ante el Tribunal de Justicia Europeo, que ya corrigió al Tribunal español en el caso de las cláusulas suelo.
Desde las asociaciones se trata de defender el derecho de los consumidores a reclamar los gastos de la hipoteca. La imposición a los afectados ya fue declarada nula por el Supremo en diciembre de 2015 y ha generado cientos de sentencias reconociendo el derecho a recuperar todos o parte de los gastos pagados.
Estas asociaciones consideran que el impuesto de la hipoteca está dentro de una cláusula abusiva y habría que sacarla del contrato. Tras el fallo del Supremo de diciembre de 2015 en el que declaraba abusiva la cláusula de gastos de las hipotecas, hay centenares de sentencias de Audiencias que declaran que imponer los gastos a los clientes es abusivo.
Por tanto, se espera que algún juez eleve esta cuestión judicial a Europa.
Reclamaciones por la vía civil
Algunos expertos en reclamaciones bancarias señalan que, según lo expuesto en la sentencia, el texto del fallo dará pie a reclamaciones por la vía civil.
Será el contenido de los votos particulares, en la medida en que estén bien fundamentados jurídicamente, lo que podría dar argumentos a los que por vía civil —o incluso tributaria—, quieran seguir reclamando que sean las entidades bancarias, y no sus clientes, los que paguen el impuesto de actos jurídicos documentados de las hipotecas.
La resolución de Supremo cierra la puerta a la devolución generalizada por parte de la Agencia Tributaria, que sí tendrá lugar con las retenciones en el IRPF a la prestación de maternidad.
La única vía que queda abierta, en este caso, es la judicial. Los contribuyentes que crean vulnerados sus derechos, tendrán que seguir la batalla por la vía judicial, como ya sucedió con las cláusulas suelo. La gran esperanza, una vez más, está en el Tribunal de Justicia Europeo, aunque esto implica la inversión de más tiempo, recursos y dinero.
La mayoría de los expertos esperan a conocer el contenido detallado de la sentencia. Es necesario conocer a fondo los argumentos del fallo ya que lo ocurrido en esta sentencia es inaudito.
¿Cómo reclamo la devolución del impuesto?
De momento, existen las mismas vías que antes de la sentencia para exigir la devolución del impuesto a través de la reclamación por cláusula abusiva.
Sin embargo, nuestro consejo es esperar a que se aclare la situación. Aún queda la vía del Tribunal Europeo, que puede ser vital para la resolución del problema a favor del cliente, como ya sucedió con las cláusulas suelo.
Además el Gobierno anunció también la creación de una reforma del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para que los bancos sean los que paguen este impuesto en los créditos que se firmen a partir de ahora, aunque en este caso no tendrá efectos retroactivos.
También se anunció la creación por parte del Gobierno de una autoridad independiente para la protección del cliente financiero, encaminada a evitar este tipo de abusos en el mercado.