La Audiencia Provincial de Cádiz dictó una sentencia por la que desestimó el recurso de apelación interpuesto por Bankia contra la sentencia de instancia, confirmando la misma y condena a la entidad a devolver la cantidad de 235.200 euros a una anciana de 80 años que invirtió en preferentes. El juez obliga a Bankia a devolver lo invertido más los intereses legales y el pago de las costas del juicio. El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Cádiz dictó sentencia hace aproximadamente un año por la que estimaba íntegramente la demanda presentada por una maestra jubilada de 80 años y condenaba a Bankia a devolverle la cantidad de 235.200 euros.
La cliente, ama de casa y jubilada, no era inversora profesional, ni tenía idea de productos financieros complejos de alto riesgo como las llamadas participaciones preferentes. En cambio, el director de su sucursal de Caja Madrid de toda la vida y la comercial, la llamaron a su casa y le dijeron que pasara por el banco por la tarde en horario fuera de oficina para ofrecerle un producto que era una maravilla, un chollo que le garantizaba un 7% de interés y que podía recuperarlo cuando quisiera. Pero en cambio no le comentaron el alto riesgo que tenía dicho producto llamado participaciones preferentes porque no otorgaban participación en la capital social de Caja Madrid, ni tampoco eran preferentes, todo lo contrario, en caso de concurso de acreedores, el orden de prelación de cobro estaba por detrás del bono basura, osea, el nivel más bajo.
La clienta tenía depositado su dinero en una cartilla de ahorro y la convencieron para que lo invirtiera en preferentes; sin decirle que obedecía a una campaña a nivel nacional para reforzar el capital social de la entidad y sacar a futuro las acciones de Bankia a bolsa, como de hecho ocurrió. El caso resulta flagrante ya que llegaron a inventarse el test de conveniencia que le aplicaron.