El juzgado de instrucción número 2 de Fraga ha declarado nula una cláusula suelo en un contrato hipotecario y, además, obliga a la entidad bancaria CAI-Ibercaja a devolver el dinero cobrado indebidamente. La demandante, que pertenece a una plataforma de afectados por las entidades bancarias aragonesa, se muestra satisfecha ante la decisión tomada por el tribunal, la primera de este tipo en la comunidad autónoma de Aragón y que podría sentar jurisprudencia para futuras sentencias en otras demandas contra entidades bancarias.
El juzgado de Instrucción número 2 de Fraga (Aragón) ha declarado nula una cláusula suelo en un contrato hipotecario y, además, ha obligado a la entidad bancaria a devolver la cantidad de 8417,94 euro cobrados de más por la entidad bancaria en concepto de la cláusula suelo anulada en el juicio. La decisión de obligar a la entidad a devolver el dinero cobrado de más, va en la línea marcada por el Tribuna Supremo en su sentencia del 9 de marzo de 2013, y obliga a la entidad Ibercaja a devolver todo lo cobrado de más desde la fecha de la sentencia.
La importancia de esta sentencia radica en que es la primera de este tipo dictada en la comunidad autónoma de Aragón y, por lo tanto, podría sentar jurisprudencia, para que el resto de juzgados fallen a favor del afectado y que se consiga la devolución de las cantidades cobradas de más, al menos, hasta la fecha de la primera sentencia del Tribunal Supremo sobre las cláusulas suelo.
Desde Sin Cláusulas queremos recordar que las cláusulas suelo, siempre que se pueda demostrar su falta de transparencia, son un producto ilegal y declarado así por diversas sentencias por toda España, además de por dos sentencias del Tribunal Supremos que han sentado jurisprudencia al respecto, por lo que los juzgados ya tienen una línea que seguir en estos casos. Desde aquí animamos a los clientes a demandar y exigir la anulación de dichas cláusulas.