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Santander colocó un swap cuando se preveían caídas de tipos

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La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado al Banco de Santander a reparar el daño causado por un swap colocado de forma irregular. La sentencia es firme y ya no cabe apelación. Uno de los motivos por los que el banco ha sido condenado fue que Santander conocía de antemano un informe del BCE en el que se anunciaba la caída de los tipos. Las liquidaciones negativas eran una posibilidad que el banco conocía y, además, preveía inmediata.

La sentencia apunta a que el banco jugó con ventaja, tratando de forma desleal a su cliente, sin velar por los intereses del afectados como si fueran los propios. En la sentencia también se critica que no hubiera información precontractual y que toda la información se aportara en el momento de la firma del contrato. Aunque la comercial del Santander alegó que explicó el producto en detalle, el juez estima que se ofreció erróneamente como una cobertura de tipos de interés, con el fin de ofrecer una falsa apariencia de estabilidad financiera.

Nunca se explicó que se estaba contratando un producto complejo que podría provocar grandes pérdidas. De haberlo sabido no lo habrían contratado, por eso la sentencia apunta a un vicio en el consentimiento, ya que se trata de una información insuficiente y poco clara que provocó una imagen distorsionada del producto que estaban adquiriendo.

El resultado final fue que las liquidaciones negativas ascendieron a 12.000 euros y la cancelación del swap ascendió a 44.209 euros, una cifra tan elevada que el cliente se vio forzado a ampliar la hipoteca. Aunque la fecha de cancelación del swap y la ampliación de la hipoteca es la misma, el Santander se justifica asegurando que no tienen nada que ver.

Por último la sentencia indica que la contratación se hizo a través de la mujer, ama de casa y sin estudios, con un test de conveniencia prerredactado, en ningún momento se tuvo en cuenta que la mujer tenía un test negativo para fondos de inversión.

La sentencia obliga al banco a devolver a la pareja los 44.209€ de la cancelación, más los 12.000€ de intereses negativos y condena a la entidad a pagar las costas del juicio.

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