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Bankia deberá devolver dinero de preferentes a una entidad benéfica

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El Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Cádiz dictó una sentencia el pasado día 27 de enero por la que se estima parcialmente una demanda y que condena a Bankia a indemnizar a la Fundación Carmen Pinillos con la cantidad de 1.300.000 euros (que al sumar los intereses asciende a 1.500.000 euros), importe de la inversión en participaciones preferentes y los frutos que este capital le hubiera generado, que serán cobrado como intereses legales de demora desde la compra de los títulos.

Esta sentencia resulta pionera por cuanto la estafada se trata de una fundación benéfica sin ánimo de lucro que realiza importantes obras sociales en Cádiz, siendo su objetivo principal el de ayudar económicamente y materialmente a ancianos y necesitados, sanos o enfermos.

A la muerte de su fundadora, Carmen Pinillos, se dejó una cartera de valores a la Fundación gestionada por un gestor de cartera Altae Banco, S.A, un profesional encargado de la adecuada gestión del patrimonio dejado por la fundadora, el cual cobraba una comisión por su asesoramiento financiero. La labor de la difunta fundadora la continuaron los tres patronos de la Fundación.

El gestor discrecional de cartera Altae Banco, S.A, perteneciente al grupo Bankia, incurrió en conflicto de intereses contratando principalmente los productos financieros que Bankia sacaba al mercado como fueron las preferentes.

De esta forma se colocó a la Fundación, sin conocimiento de sus dirigentes, personas eminentemente conservadoras, 1.300.000 euros en un producto bancario tóxico llamado Participaciones preferentes, perdiendo la práctica totalidad de la inversión.

Según esta sentencia, se trata de un producto que llama a confusión y engaño desde el nombre (Participaciones Preferentes), ya que en realidad no otorgan «participación» en capital social alguno de Bankia; y además, en lugar de ser «preferentes» son todo lo contrario, en caso de concurso de acreedores de Bankia, su orden de prelación de cobro está el último de la cola, llegando a estar por detrás de los llamados «bonos Basura».

La sentencia constituye un hito en la jurisprudencia de las preferentes porque es la primera vez que los tribunales de Primera Instancia condenan a un banco por la comercialización de preferentes a una fundación benéfica. El fallo no fue recurrido por Bankia y alcanzó firmeza el pasado día 15.

Multa a NCG por la venta de preferentes

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La Comisión Nacional del Mercado de Valores sanciona a NCG Banco por cuatro infracciones muy graves que suman un importe de más de dos millones de euros. Las infracciones son relativas a la emisión de participaciones preferentes y deuda subordinada. Se ha hecho pública la sanción a través del BOE en una resolución con fecha en el 24 de marzo, en la que se declaran firmes en vía administrativa las sanciones a NCG Banco, en las que se le declara responsable de la venta de productos híbridos sin advertir al consumidor de los efectos, en aquellos supuestos en los que no era conveniente su venta.

También se sanciona como muy grave el no gestionar adecuadamente los conflictos de interés generados por la realización de cases entre sus clientes a precios muy alejados de su valor razonable. También se sanciona a Novacaixagalicia por la venta en las dos cajas gallegas de productos híbridos, sin realizar los tests de evaluación a sus clientes y sin tener en cuenta el perfil, así como no haber ofrecido toda la información necesaria. 

La Comisión Nacional del Mercado de Valores declara la responsabilidad de las cajas gallegas por las deficiencias en la venta de preferentes, sin ofrecer información a los clientes y, además, no habiendo acreditado la entrega de información sobre las características y riesgos de dichos productos comercializados con carácter previo a su adquisición.

Por todo ello, impone a Novagalicia Banco (NCG Banco), como sucesor de la responsabilidad de Novacaixagalicia, cuatro multas de: un millón, 800.000 euros, 200.000 euros y 50.000 euros, que suman un total de 2.050.000 euros.

Un informe del FROB del 2014 cifró en 116.000 el total de afectados por preferentes y subordinadas, sólo en Galicia. Con una estafa cifrada en más 1.800 millones de euros, quienes en los últimos años han protagonizado sonoras protestas y manifestaciones para demandar que se les devuelva su dinero.

Claúsula suelo en hipoteca subrogada

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El juzgado de Primera Instancia número 6 de Oviedo declara la nulidad de una cláusula suelo aplicada a un contrato de subrogación de hipoteca, la cláusula anulada limitaba la revisión del tipo de interés variable, siempre que este bajara. El juzgado ha declarado la nulidad de dicha cláusula en un prestamos de Caja España y condena también a la entidad a devolver todas las cantidades cobradas, más los intereses derivados de dicha cláusula.

El prestamos hipotecario fue negociado por los afectados con la empresa promotora de la vivienda que es objeto de dicha hipoteca. Basándose en este hecho, Caja España alegó que la entidad no había tenido ninguna intervención, ni en la escritura de compraventa, ni en la subrogación del contrato, por lo quela falta de información alegada debería achacarse a la promotora y no a la entidad bancaria.

El juez ha hecho uso de la jurisprudencia existente por parte del Tribunal Supremo en materia de cláusulas suelo para declararla abusiva, alegando que aunque se disfrazan de contratos de interés variable, no se informa de que dicha cláusula suelo es definitoria, se crea una falsa apariencia de contraprestación y, además, se suele camuflar entre gran cantidad de datos que diluyen la atención del cliente. Además no se realizan las simulaciones adecuadas y no se advierte en ningún momento de los costes comparativos con otros productos.

El Supremos establece que debe analizarse en profundidad el control de transparencia para que el contratante conozca con sencillez la carga económica que supone semejante contrato y le permita conocer de forma real cómo actuarán las condiciones del contrato en su propia economía.

En la sentencia el tribunal ha tenido en cuenta también otros hechos, como que el banco no facilitara información por escrito sobre las condiciones de la cláusula suelo y que no existen evidencias de la realización de simulaciones sobre variaciones de los tipos de interés.

Este caso resulta significativo ya que demuestra como la especulación inmobiliaria tuvo una relación directa en las condiciones abusivas que impusieron los bancos en algunos de sus contratos.

Cláusula suelo anulada y devolución del dinero

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El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Gijón, condena a una entidad bancaria a devolver 23.537 euros tras ser anulada una cláusula suelo que el cliente tenía aplicada a su hipoteca. La firma del contrato tuvo lugar en 2008, con el fin de construir una vivienda en una parcela de su propiedad. El préstamo contratado con la entidad bancaria, establecía un tipo de interés mínimo aplicable de 4,3 por ciento. El fallo del tribunal se basa en la falta de información clara y esencial sobre ese tipo de cláusulas.

El magistrado señala en la sentencia que los clientes afectados, en caso de haber sido convenientemente informados y tener un conocimiento real de los efectos de la cláusula incluida en el préstamo, no hubieran aceptado esa cláusula suelo que beneficia exclusivamente los intereses de la entidad bancaria, ya que es esta la que maneja toda la información de la situación real de los mercados.

En la sentencia se advierte de la conveniencia de contar con estudios sobre la evolución de los tipos de interés tanto a corto como a medio plazo. Además resalta la importancia de facilitar al consumidor toda la información de forma clara, advirtiendo que en ningún momento se va a beneficiar de una bajada real de los intereses, aunque sí que será perjudicado por cada nueva subida.

Cabe señalar la forma en que estos contratos con «interés variable», resultan ser fijos en las bajadas, pero variables ante las subidas de interés. Es por eso mismo, que resulta necesario señalar que el consumidor no tenía la información real necesaria para tomar una decisión correcta.

Desde Sin Clásulas animamos a los usuarios de banca afectados por este tipo de contratos a reclamar ,la nulidad y la devolución de las cantidades pagadas, ya que esta aplicación de las cláusulas suelo es abusiva e ilegal, llegando a afectar a 3,5 millones de familias en toda España. Puede contactar con nosotros a través de esta página, a través de nuestro correo electrónico info@sinclausulas.com o llamando al 629789429.

Reclamaciones por preferentes y arbitraje

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Hasta 27.232 afectados de Bankia y CatalunyaCaixa han interpuesto reclamaciones por preferentes en los juzgados la devolución de 1.724 millones. Del total reclamado sólo quedan 142 laudos pendientes, correspondientes a demandas contra Bankia.

Aunque el número de solicitudes de arbitraje aceptadas ha sido superior al 90%, el cliente sólo ha recuperado un 51% del dinero perdido.

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Bankia pierde el 84% de las demandas por preferentes

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La comisión de seguimiento de instrumentos híbridos ha destacado que más del 75% de los clientes con derecho a recurrir recuperaron su dinero con el arbitraje de las entidades.

El 84% de las cantidades reclamadas en los juzgados por clientes afectados por preferentes de Bankia ha finalizado con una sentencia favorable que condenaba a la entidad, según el séptimo informe trimestral de la Comisión de Seguimiento de Instrumentos Híbridos de Capital y Deuda Subordinada.

Bankia ha recibido más de 20.000 demandas por preferentes por un importe total de 1.523 millones de euros. Hasta el 2 de enero pasado se habían finalizado 9.041 procedimientos por valor de 593,71 millones. De ellos, 7.707 casos acabaron con una sentencia a favor del cliente por algo más de 497,23 millones (84%), frente a las 897 demandas en las que ganó la entidad por valor de 60 millones (10%). Los restantes 437 clientes desistieron de las acciones, renunciando así a recuperar 35,9 millones.

Por otra parte la comisión asegura que CatalunyaCaixa recibió más de 6.000 demandas de afectados por las preferentes, por un importe superior a los 200 millones de euros. Hasta la fecha del informe que nos ocupa se habían resuelto de primera instancia 1.072 demandas por valor de 32,87 millones de euros. De todas ellas 866 fueron favorables a los afectados, resultando en un importe para la entidad de 26,42 millones de euros (el 80%), mientras que la entidad ganó unas 144 demandas por valor de 4,53 millones de euros (14%). Otros 62 clientes desistieron de tomar ningún tipo de acción judicial, perdiendo así casi 2 millones de euros.

Con respecto al arbitraje de las entidades, el 78% de los casi 300.00 clientes de Bankia con derecho a utilizarlo presentaron su solicitud, por un importe de 4.043 millones de euros, lo que equivale a un 65% de los 6.231 millones que la entidad llegó a colocar a los clientes minoristas. De todas las peticiones aceptadas, 171.809 ya habían recibido un saldo favorable por valor de 2.166 millones de euros.

Denuncia a CatalunyaCaixa por arbitraje de las preferentes

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Tras la llegada de la nueva cúpula directiva a CatalunyaCaixa se sigue recordando por parte de las asociaciones de clientes afectados y de diversos bufetes de abogados, que siguen vigentes muchos casos de afectados por las preferentes. Se ha llevado a la junta de accionistas un queja por lo que se considera un fracaso de la vía del arbitraje para devolver el dinero a los clientes de preferentes del banco.

Según los datos que se manejan y que se presentaron ante la junta de accionistas de la entidad, sólo un 37% de las reclamaciones de arbitraje por parte de los preferentistas fueron aceptadas por parte de la entidad. Lo que deja a un amplio 63% de afectados sin ninguna posibilidad de recuperar sus ahorros si no es a través de los juzgados.

Arbitraje, un mal lavado de cara

Según los últimos datos oficiales, de los más de 120.000 clientes afectados por la venta de preferentes y deuda subordinada, el 89% había solicitado una resolución extrajudicial. Solo un 37% de las reclamaciones fueron aceptadas.

El arbitraje sirve para que los clientes afectados no tengan la necesidad de recurrir a los tribunales, ante lo que se ha declarado como la mayor estafa financiera de todos los tiempos, las entidades con el arbitraje tienden una mano a sus clientes para reparar el daño causado.

A juicio de los expertos en esta materia, la vía del arbitraje se ha convertido en un simple lavado de cara creado para favorecer «los intereses de la banca« y, por eso consideran que, «se ha pervertido» el sentido del sistema arbitral de consumo.

Sueldos altos

Por último, los expertos y afectados también han considerado demasiado elevado el límite de 300.000 euros en los sueldos de los consejeros ejecutivos de CatalunyaCaixa,  si se tienen en cuenta los antecedentes de la entidad y la situación real de caída del beneficio. En este sentido, ha solicitado un ejercicio de honestidad a los directivos de la entidad para que sean ellos mismos los que se impongan límites y se rebajen el salario.

Bankia condenada a devolver 4.411€ de acciones

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El juzgado de Primera Instancia número 9 de Castellón ha dictado una sentencia relacionada con la compra de acciones de la Oferta Pública de Suscripción de Bankia, conocida como OPS, la sentencia obliga a la entidad a devolver al denunciante la cantidad de 4.411 euros al declararse nula la compra de acciones debido a un error por vicio del consentimiento. Continue reading

La supresión de la cláusula suelo debe ser solicitada

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Desde Sin Cláusulas informamos de que la supresión de las cláusulas suelo, aprobada por el Gobierno durante esta legislatura, no afecta a todos los préstamos hipotecarios y debe ser «solicitada expresamente» por todos aquellos usuarios que se hayan visto afectados por una cláusula suelo.

Desde Sin Cláusulas queremos recordar que los afectados por estas cláusulas suelo pueden dirigirse a nosotros para que se les calcule cuánto puede bajar su hipoteca y cuánto dinero tienen derecho a recuperar si se elimina esa figura.

Sin Cláusulas mantiene abierta una campaña para anular esas cláusulas suelo, con el objetivo de gestionar su devolución con los bancos sin tener que acudir a un Juzgado.

Recordamos que estas cláusulas figuran en casi todas las hipotecas, aunque el cliente lo desconozca, ya que el banco se limita a informar del euribor y el diferencial, pero suelen esconder la sorpresa de estas disposiciones que provocan que las hipotecas variables no bajen nunca de un límite, que suele rondar el tres por ciento.

Este tipo de acciones son muy normales entre las entidades bancarias, que escondieron este tipo de cláusulas abusivas entre el enunciado de los contratos hipotecarios, escondiéndolos dentro de otras cláusulas. Este tipo de acciones atentan contra el derecho a la información del cliente y convierten este tipo de cláusulas en abusivas, motivo por el cual el Gobierno dispuso que debían ser eliminadas de los contratos hipotecarios.

Este tipo de cláusulas encarecen entre 100 y 200 euros al mes las hipotecas de miles de clientes y usuarios.

Si se ha visto afectado por este tipo de estrategias desde SinCláusulas ofrecemos a las familias afectadas por este tipo de acciones diversas modalidades de pago, y solo cobramos cuando se gana la demanda en el juzgado. También se aplica un mejor precio en caso de realizar una gestión previa extrajudicial, donde no deberían desembolsar nada, y solo en el caso de firmar un acuerdo favorable para nuestros Clientes. Llámanos sin compromiso alguno al Teléfono de Atención al Cliente 629 879 429.

Derecho a la información en las preferentes

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Uno de los principales motivos por los que los juzgados anulan las cláusulas suelo en los contratos hipotecarios, los contratos de permuta financiera o swap y los contratos de adquisición de preferentes suele ser siempre la falta de información que recibe el cliente. Los bancos no cumplen debidamente el derecho a la información y por eso que los afectados ganan las sentencias. Continue reading